Conceptos
Normas de convivencia.
Las
normas morales se refieren a aspectos más generales y más básicos de las
relaciones con los otros y tratan de la justicia, integridad y el respeto a sus
derechos. Casi todas las personas las comparten y las van adquiriendo a lo
largo de su desarrollo. No respetarlas suele ir unido a una reprobación.
Las normas sociales, también llamadas usos sociales o costumbres, son prácticas relativamente durables que tienen su aplicación en situaciones cotidianas como la forma de vestir, de comer, los rituales del saludo, etc. Ordenan la vida y dan cierto grado de seguridad al hacer previsibles las conductas.
Las normas religiosas son las más antiguas pues regularon la convivencia de las primeras sociedades y protegieron sus valores a través de los mandamientos; estas surgían de las palabras de los dioses y eran dictadas por profetas, sacerdotes o reyes. Hoy estas normas son solamente cumplidas por las personas que adhieren a una determinada religión.
Las normas jurídicas son reglas o pautas de conducta dictadas por los órganos del Estado, están escritas y expresan lo que está permitido y prohibido. El no cumplimiento o violación de las mimas prevé la aplicación de sanciones.
Las normas sociales, también llamadas usos sociales o costumbres, son prácticas relativamente durables que tienen su aplicación en situaciones cotidianas como la forma de vestir, de comer, los rituales del saludo, etc. Ordenan la vida y dan cierto grado de seguridad al hacer previsibles las conductas.
Las normas religiosas son las más antiguas pues regularon la convivencia de las primeras sociedades y protegieron sus valores a través de los mandamientos; estas surgían de las palabras de los dioses y eran dictadas por profetas, sacerdotes o reyes. Hoy estas normas son solamente cumplidas por las personas que adhieren a una determinada religión.
Las normas jurídicas son reglas o pautas de conducta dictadas por los órganos del Estado, están escritas y expresan lo que está permitido y prohibido. El no cumplimiento o violación de las mimas prevé la aplicación de sanciones.
Características
de las Normas:
-
Bilateralidad: establece obligaciones
para unos en función de conceder facultades para otros. (no son Unilaterales).
-
Unilaterales:
establecen solamente deberes, por lo tanto, una persona no puede exigir un
derecho a otra.
-
Generalidad: se impone a un número
indeterminado de personas, en forma abstracta, dirigida a todas las personas
comprendidas en una situación determinada.
-
Autonomía:
significa respetar algo que surge del convencimiento del propio sujeto
autorregulación.
- Imperatividad: es un mandato.
-
Coercibilidad: posibilidad de emplear
la fuerza cuando es desobedecida, (sanción en potencia). La coacción es el
efectivo empleo de la fuerza. (No son Incoercibles).
-
Exterioridad: rige la actividad
externa de las personas. (No Interioridad).
-
Heterónoma: la norma es impuesta a las
personas desde afuera, no surge del propio sujeto. (No son Autónomas).
-
Incoercibilidad: no
existe la posibilidad de usar la fuerza en caso de incumplimiento de la norma.
-
Interioridad: significa
que rige los actos internos, pensamientos e intenciones. Pero no basta con que
sean buenos pensamientos si estos no se plasman en actitudes.
Para saber más:
Para saber más:
Bottero; Escoto; Goncálvez; Educación Social y Cívica, Colección Estudiantil, Montevideo, 2006.
Webgrafía
http://aulasvirtuales2.uruguayeduca.edu.uy/mod/book/tool/print/index.php?id=4353
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